Cancún, Quintana Roo.- El empresario Jean Succar Kuri, acusado de abuso sexual a menores, podrá acceder a un amparo directo debido a una omisión técnica, mismo que le será brindado por el Primer Tribunal Colegiado, en contra de una sentencia condenatoria por 70 años de prisión.
El diario Proceso, señaló que el secretario de acuerdos del Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito no firmó el expediente donde se confirmaba la sentencia condenatoria en contra del pederasta libanés. Dicha omisión ocasionó que el Tribunal Coleagiado dejará sin efecto la condena el 7 de marzo, sin embargo, no se le declara inocente y deberá reponerse el proceso para dictar sentencia.
Los abogados de Succar Kuri argumentaron en la demanda de amparo, número de expediente 216/2013, que el magistrado del Tribunal Unitario, José Ángel Máttar Oliva, se violó el artículo 98 del Código Federal de Procedimientos Penales, con respecto a los elementos que debe de tener una sentencia que se dicta en la materia y que no deben ignorarse, uno de ellos el nombre y firma del secretario de acuerdos de dicho tribunal.
Así el Tribunal Colegiado lo determinó como violación a las garantías de legalidad y seguridad jurídica que se establecen en el artículo 16 Constitucional.
El amparo inhabilita la sentencia del Vigésimo Séptimo Circuito que fue emitida el 30 de agosto de 2011, mismo que deberá emitir una nueva resolución en la que se cumpla el artículo 98 del Código Federal de Procedimientos Penales y el artículo 16 de la Constitución General de la Republica.
De acuerdo con el diario La Jornada, el Tribunal Colegiado aclaró que el amparo concedido es para que otro tribunal ratifique el error de procedimiento y estampe la firma del secretario por los delitos de pornografía infantil y corrupción de menores.
Además, puntualizó que el amparo no concede libertad al pederasta.