La Secretaría de Educación Pública (SEP) dio a conocer que presentó una denuncia en contra de Marilyn Cote, por su probable responsabilidad en la comisión del delito de usurpación de profesión.

Esto toda vez que la dependencia federal subrayó que Marilyn Cote ejerció como profesional de la salud sin contar con una cédula profesional.

En caso de ser hallada culpable la falsa psiquiatra podría enfrentar varios años en prisión, además de una pagar una cuantiosa multa por la gravedad del delito.

SEP presenta denuncia en contra de Marilyn Cote por usurpación de profesión

Eurípides Flores, integrante de la Unidad de Asunto Jurídicos de la SEP, dio a conocer que la dependencia federal presentó una denuncia en contra Marilyn Cote por usurpación de profesión.

Ello luego de que se viralizara su caso a través de las redes sociales, lo que provocó se iniciara una investigación en contra de la falsa psiquiatra.

Así, por instrucciones de la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, y del titular de la SEP, Mario Delgado, se iniciaron las indagatorias correspondientes en contra de la acusada.

Dicha acción permitió a la SEP evidenciar que Marilyn Cote no tenía una cédula profesional, ni título académico que la respaldara como personal de áreas de la salud.

A pesar de ello emitió recetas con medicamento que se encuentra regulado y controlado, pues Cote utilizó documentación apócrifa para “acreditar” una supuesta preparación médica.

Eurípides Flores aprovecho este hecho para invitar a las personas a revisar la autenticidad de las cédulas profesionales, con el objetivo de evitar que otro suceso así se vuelva a repetir.

De acuerdo con el abogado de la SEP, mediante la página del Registro Nacional de Profesionistas podrás comprobar la validez de una cédula profesional: https://www.cedulaprofesional.sep.gob.mx

De esta manera certificarás que la persona que buscas acreditó los niveles académicos correspondientes para desempeñar determinada profesión.

¿Cuál sería la pena que recibiría Marilyn Cote por el delito de usurpación de profesión? Esto dice la ley en México

El delito de usurpación de profesión se encuentra tipificado dentro del Código Penal Federal de nuestro país.

De acuerdo con el artículo 250, este delito ocurre cuando una persona se atribuye el concepto de especialista sin tener un título profesional que la acredite como tal, y que además ejerza y ofrezca sus servicios al público.

El Código Penal Federal establece que quien se sea sorprendido suplantando una profesión podría recibir una pena que va desde uno a 6 años en prisión.

Además, la personas infractora deberá realizar el pago de una multa, la cual podría alcanzar hasta los 300 días de salario mínimo.

“Se sancionará con prisión de uno a seis años y multa de cien a trescientos días a quien: sin ser funcionario público, se atribuya ese carácter y ejerza alguna de las funciones de tal y al que sin tener título profesional o autorización para ejercer alguna profesión reglamentada, expedidas por autoridades u organismos legalmente capacitados para ello”.

Código Penal Federal
Marilyn Cote: Falsa psiquiatra enfrenta 5 denuncias de víctimas;