México.- El hombre que abandone a una mujer embarazada, y que esté acreditado legalmente como el padre, recibirá de uno a seis años de prisión y una multa de 180 a 360 cuotas, es decir, de 15 mil 638 hasta 31 mil 276 pesos.
El Congreso de Nuevo León aprobó el 9 de diciembre una reforma al artículo 280 del Código Penal estatal, propuesta por el legislador priista Jorge de León Fernández.
La ley señala que se deberá acreditar la paternidad, ya que las y los niños tienen el derecho de ser educados emocionalmente, de manutención, de tener un nombre con la documentación legal que identifique a ambos padres, servicio médicos, hereditarios, entre otros.
Con la aprobación, el artículo 280 queda de la siguiente manera:
“Al que sin motivo justificado incumpla sus obligaciones alimentarias respecto de sus hijas e hijos, cónyuge, mujer embarazada que acredite legalmente la paternidad, personas con discapacidad, adultos mayores o los sujetos de interdicción, se le impondrá pena de prisión de uno a seis años y multa de 180 a 360 cuotas”
Código Penal de Nuevo León
La reforma aprobada en Nuevo León también señala que quien incumpla perderá los derechos de patria potestad, tutela, hereditarios o alimentos; además, deberá pagar, como reparación del daño, las cantidades no suministradas oportunamente.
Reformas a favor de la igualdad en Nuevo León
El Congreso de Nuevo León también aprobó reformar el Código Penal en materia de violencia política de género y armonizarlo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La diputada local del PVEM, Ivonne Bustos, dijo que esta reforma dará más protección a las mujeres que se dedican a la política y reservará la protección de los derechos electorales en Nuevo León.
"Se entenderá que las acciones u omisiones se basan en elementos de género, cuando se dirijan a una mujer por su condición de mujer; le afecten desproporcionadamente o tengan un impacto diferenciado en ella”
Ivonne Bustos