El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) promulgó un decreto para aumentar la sanciones por abuso sexual contra menores de 15 años de edad.

Esta iniciativa agregará un párrafo al Código Penal Federal con el que se busca que este delito sea castigado con hasta 30 años de cárcel.

El Diario Oficial de la Federación establece que el decreto entrará en vigor este jueves 18 de abril de 2024; Te damos más detalles de esta iniciativa a favor de los niños.

Decreto de AMLO establece castigos de hasta 30 años de cárcel para abusadores de menores de 15 años

El actual artículo 261 del Código Penal Federal establece que los abusadores de menores reciban una pena de 6 a 13 años de prisión, alcanzando los 19 años y medio toda vez que el abuso sea cometido con violencia.

A partir del jueves 18 de abril, con los cambios aprobados por el Congreso y promulgados por el Ejecutivo, la sanción podría alcanzar los 30 años de cárcel, de acuerdo con lo que establece el artículo 266 Bis.

“Las penas previstas en este artículo se aumentarán conforme a lo dispuesto en el artículo 266 Bis”

Decreto de AMLO

El endurecimiento de la pena de este delito será aplicado cuando el abuso sexual contra el menor de 15 años sea cometido por la intervención directa de dos o más personas.

Esta también será impuesta cuando el crimen se cometa por uno de los padres en agravio de su propio hijo, o en caso de ser cometido por:

  • Hermano
  • Tutor
  • Padrastro
  • Amasio de la madre

Se establece que, además de ser procesado a pena de prisión, el culpable perderá la patria potestad o tutela del menor de 15 años.

Abuso sexual infantil

Decreto de AMLO por abuso sexual contra menores de 15 años también aplicará a funcionarios públicos

El Decreto de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) indica que el endurecimiento de las penas también aplicará en personas que desempeñen algún cargo o empleo público.

Además de cumplir con el castigo de hasta 30 años de prisión, el funcionario público deberá retirarse de su cargo por cinco años en el ejercicio de dicha profesión.

La suspensión de su cargo podrá duplicarse en caso de que el culpable tuviera alguna profesión que implique el trato directo con niñas, niños y adolescentes.

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