El ministro Javier Láynez Potisek advirtió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) podría echar abajo la reforma al Poder Judicial por una acción de inconstitucionalidad; esto a pesar de que su texto ya forma parte de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
Durante el programa de Azucena Uresti para Grupo Fórmula el ministro Javier Láynez Potisek habló de la Supremacía Constitucional que Morena busca en el Congreso para “blindar” reformas constitucionales como la Reforma Judicial.
Ello para reafirmar que la Ley de Amparo, suspensiones y acciones de inconstitucionalidad no proceden en en caso de reformas constitucionales.
“¿Cómo está?”, preguntó Azucena Uresti cuando presentó a Láynez Potisek quien respondió “mal, muchas gracias, Azucena, ¿y tú?”. En ese sentido, el ministro explicó que la SCJN tiene facultades para anular reformas constitucionales y leyes:
“Aquí ha habido un debate muy amplio en que si la SCJN que es el Tribunal constitucional puede o no anular una reforma constitucional, leyes pues ya sabemos que sí, vía la acción de inconstitucionalidad. Hay otra vía que es una controversia constitucional, si puede la Corte decir, esta ley es contraria a la Constitución por dos razones; o porque el procedimiento no se cumplió para llegar a esa ley o porque de fondo en su sustancia es inconstitucional”
Javier Laýnez Potisek
Ministro Javier Láynez Potisek dice que la SCJN puede eliminar reforma al Poder Judicial por acción de inconstitucionalidad
El ministro Javier Láynez aseguró que la reforma al Poder Judicial atenta contra los “derechos humanos” de la ciudadanía, hecho por el que afirmó que la SCJN tiene la posibilidad de intervenir en acciones en ese sentido.
En la conversación que tuvo con Azucena Uresti, Láynez Potisek dijo que la reforma al Poder Judicial no debió haber entrado en vigor sin sacar antes las leyes secundarias, hecho por el que señaló la “prisa” en el proceso para aprobar la reforma.
A pregunta expresa de Azucena Uresti, esto fue lo que dijo el ministro de la SCJN sobre las facultades de la propia Corte para echar abajo la reforma al Poder Judicial:
“Las tiene, desde mi punto, no sé si se lograrían las mayorías, en acción de requieren 8 votos. Bueno, también estamos en discusión porque la reforma está tan mal hecha que aparentemente la exigencia de 8 desapreció del texto constitucional para que sean 6, ahí se abrió también margen de interpretación: 6 cuando llegue la nueva Corte o... Hay argumentos muy válidos de compañeros en el Pleno que dicen que además pusieron un transitorio, interpreta literalmente lo que te estoy ordenando ahí. Así de plano”
Javier Láynez Potisek
Ministro Javier Láynez Potisek dice que si Claudia Sheinbaum desacata a la SCJN “estaríamos en grave conflicto constitucional”
El ministro Javier Láynez Potisek concluyó que, en caso de que la presidenta Claudia Sheinbaum rechace una acción de inconstitucionalidad, emprendida desde la SCJN por la reforma al poder Judicial, “estaríamos en un grave conflicto constitucional”.
En ese marco, cabe recordar la definición de “acción de inconstitucionalidad” según la propia SCJN:
"Es el juicio por el que la Corte resuelve si una norma trasgrede la Constitución, con el objetivo de preservar el orden Constitucional2
SCJN
Las instancias que pueden promover esto son:
- Minorías parlamentarias (33% de quienes integran las Cámaras de Diputados y de Senadores, así como de las legislaturas estatales)
- El Ejecutivo Federal
- Los partidos políticos con registro ante el INE o ante una entidad federativa
- La CNDH y sus equivalentes en los Estados
- El INAI y sus equivalentes estatales
- La Fiscalía General de la República
Mientras que el término “Controversia constitucional” responde a lo siguiente:
“Es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional”
SCJN
Las instancias que pueden promover esta acción son:
- Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados
- Los Municipios
- El Poder Ejecutivo Federal
- Ambas Cámaras del Congreso de la Unión
- Órganos constitucionales autónomos federales y estatales