Este martes 29 de octubre, ocho ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) presentaron su renuncia por la reforma al Poder Judicial.
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena fue el primero en informar sobre su renuncia y expresó que esto no quiere decir que acepta la constitucionalidad de la reforma al Poder Judicial.
Tras presentar su carta de motivos, siete ministras y ministros más anunciaron su renuncia. Ante estos hechos la presidenta Claudia Sheinbaum aseguró que los ministros renuncian por un monto de dinero.
¿Qué dice la ley sobre la renuncia de un ministro de la SCJN?
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículo 98 y 99 que hablan sobre el Poder Judicial, específica qué pasa si un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) renuncia a su cargo.
La ley dice que la renuncia de un ministro de la Suprema Corte solamente es posible si existen causas graves. Primero, la renuncia debe ser aceptada por el Poder Ejecutivo y posteriormente, es mandada al Senado para su aprobación.
La renuncia de ministros de la Suprema Corte es algo parcialmente nuevo, el antecedente más reciente fue el de Arturo Zaldívar, quien presentó su renuncia el pasado noviembre de 2023.
Noroña: Senado podría no aceptar las renuncias de los ocho ministros de la SCJN
Tras la presentación de la carta de motivos del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, siete ministros más anunciaron su renuncia.
Gerardo Fernández Noroña, presidente de la Mesa Directiva del Senado, declaró que la cámara alta podría no aceptar las renuncias de los ocho ministros de la SCJN.
Fernández Noroña dijo que al renunciar ahora, los ministros podrían conservar su millonaria pensión, que contrasta de forma importante con lo que obtendrían si participan en la elección de 2025 y no resultan electos.
De acuerdo con el artículo 76 constitucional, el Senado tiene la facultad de aceptar o negar la renuncia de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).