¿No te ha llegado la devolución SAT 2025? Te decimos qué es lo que debes hacer si el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aún no te ha depositado tu saldo a favor.

Cabe mencionar que el SAT tiene un plazo de 40 días hábiles para hacer la devolución del saldo a favor de cada contribuyente después de su declaración anual.

Si ya se venció el plazo de 40 días desde que hiciste tu declaración anual o si la solicitud de la devolución de tu saldo a favor fue rechazada, te decimos lo que puedes hacer.

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Devolución SAT 2025: Esto es lo que puedes hacer si no te han depositado tu saldo a favor

En caso de que hayan rechazado tu solicitud para la devolución SAT 2025 y por lo tanto, aún no recibas el depósito de tu saldo a favor, lo primero que debes hacer es saber por qué del estatus y después, solicitar una devolución manual.

Recuerda que para hacer este trámite necesitas tu RFC y contraseña para acceder al portal del SAT, así como la e.firma para que se genere automáticamente la solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

Estos son los pasos a seguir si no te han depositado tu saldo a favor del SAT:

  • Revisa y corrige tu declaración presentada si es necesario
  • Verifica que tu CLABE interbancaria esté tu nombre, activa y actualizada
  • Solicita la devolución manual con el FED
  • Revisa en tu Buzón Tributario si el SAT ha dado observaciones o requerimientos para hacer la devolución SAT 2025

Devolución SAT 2025: En qué casos no depositan el saldo a favor

Si aún no te han depositado tu saldo a favor o si tu devolución SAT 2025 fue rechazada, puede que te encuentres en algunos de los siguientes casos:

  • Si tu saldo a favor es superior a 150 mil pesos
  • Si declaraste ingresos por bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión
  • Si estuviste suspendido en el Registro Federal de Contribuyentes durante el ejercicio fiscal 2024
  • Si te encuentras como no localizado en tu domicilio fiscal registrado ante el SAT
  • Si tu solicitud de devolución no corresponde al ejercicio 2024
  • Si presentas tu declaración con contraseña cuando estás obligado a hacerlo con e.firma.
  • Si presentaste la solicitud de devolución vía FED, previo a la obtención del resultado de la declaración
  • Si no elegiste la opción Devolución
  • Si presentaste la declaración después del 31 de julio de 2025
  • Si te encuentras en la relación de contribuyentes incumplidos publicada en el Portal del SAT

Cabe mencionar que el SAT tiene la obligación de informarte a través del Buzón Tributario el porqué tu devolución SAT 2025 fue rechazada o los requerimientos para regularizar la situación y obtener tu saldo a favor.