La polémica sigue alrededor de Samuel García, el hoy gobernador Electo de Nuevo León. El escándalo (mas no novedad), es el impacto que tuvo Mariana Rodríguez en la campaña de Movimiento Ciudadano. Sirva esta columna para reunir elementos que nos permitan generar opinión sobre lo que está sucediendo.

Vamos paso por paso en este complejo tema cuyo debate no es cosa sencilla. Resumo todo en 10 puntos. Nota aclaratoria: la columna solo habla del caso de Mariana Rodríguez y no de las acusaciones de aportaciones ilegales a la campaña hechas por familiares del candidato.

1. Mariana, la esposa

Mariana Rodríguez Cantú se casó con Samuel García Sepúlveda en marzo 2020, después de cinco años de relación (según Wikipedia). En México, tanto la sociedad conyugal establecida por las leyes como el matrimonio religioso establecen la cooperación entre los cónyuges. En la Iglesia hasta se promete apoyarse en la prosperidad y la adversidad.

No es entonces raro o escandaloso que una esposa participe activamente en una campaña política. De hecho, es muy muy común que así suceda porque, según muchos, esta participación humaniza al político y teóricamente la sociedad quiere conocer a la persona que podrían elegir como gobernante. En resumidas cuentas, no es pecado ni delito que Mariana apoye a su esposo en época de elecciones.

2. Mariana, la influencer

Ahora bien, Mariana es influencer. Para nadie es un secreto, de ahí obtiene sus ingresos. ¿Eso es delito? Para nada. ¿Es delito registrar su nombre como marca? ¿Por qué lo sería? En redes sociales encontré como argumento el que Mariana Rodríguez era una marca registrada ante la autoridad competente para señalar que esto era muestra de la ilegalidad en su acción. ¡Qué bueno que protege su nombre, hace bien! ¡La felicito! Hay que cuidar el nombre, más siendo una figura pública, es lo más valioso que cada uno de nosotros tiene: es nuestra reputación, con él vivimos e incluso nos acompañará más allá de la muerte.

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Mariana puede ofrecer sus servicios de influencer a marcas, personas e instituciones a cambio de una remuneración económica y se vale, es su manera de ganarse la vida. Y aquí se genera una primer pregunta: ¿hizo Mariana negocio con Samuel? Es decir, ¿le cobró a Samuel por mencionarlo en sus historias? Si eso es así, si Samuel le pagó a Mariana por aparecer en sus historias, entonces sí hay un beneficio producto de un acuerdo comercial entre ellos. Si la respuesta es no y Mariana lo hizo por amor o por gusto o porque se le vino en gana, entonces la pregunta sería ¿hay algún impedimento para Mariana en compartir fotos de o con su esposo en sus redes sociales? La respuesta inicial sería no, pero analicemos el siguiente punto.

3. Las aportaciones en campaña

La ley electoral regula las aportaciones y donaciones que hacen los particulares (como Mariana) a una campaña electoral; incluso establece mecanismos para reportarlos y pone límites a la mismas. Si Mariana fuera dueña de una imprenta y por amor le regalara a su esposo Samuel un total de 100 espectaculares, estos 100 espectaculares deberían ser reportados y considerados en el gasto de campaña, aunque Samuel no haya pagado un solo peso; el simple hecho de recibir un beneficio de parte de un particular es suficiente. Es decir, no importa quien hace las aportaciones, sea la esposa, la mamá o un primo lejano, la aportación suma a la campaña.

Pero ese ejemplo dista mucho de esta situación. Aquí estamos hablando de apoyos y manifestaciones políticas, incluso hasta pudiéramos hablar de activismo electoral a favor de Samuel. Si queremos contabilizar en la campaña una historia de Instagram donde Mariana apoya a Samuel, tendríamos que contabilizar entonces cada historia que sube un ciudadano dándole el apoyo porque todos los usuarios de redes sociales ejercemos cierta influencia debido a que nuestro mensaje es difundido y considerado por nuestros seguidores, sean diez, mil o un millón.

¿Las historias de Mariana tienen un valor económico? ¡Claro que sí! Ella misma lo define cuando cobra a las marcas un monto determinado por anunciar su producto en sus redes sociales. ¿Entonces como sí tienen un valor hay que sumarlos a la campaña? Para responder esto tenemos que definir si Mariana hizo una aportación a la campaña o si ejerció un derecho que le corresponde.

4. Los derechos de Mariana

Un tuit, una historia, una publicación en redes sociales no genera costo en quien publica el mensaje, es sencillamente el ejercicio de un derecho que tenemos todos como mexicanos y que está consagrado en la Constitución Mexicana y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos que México firmó. Es decir, publicar un mensaje que no está enmarcado en un acuerdo comercial es un mensaje que está amparado bajo el derecho de libre expresión.

Es decir, yo puedo pensar y compartir ideas y opiniones con otras personas de manera libre. Ese derecho lo tiene Mariana como mexicana y no lo pierde por ser la esposa de un candidato o por ser influencer.

Que haga negocio con sus cuentas de redes sociales no significa que todos los contenidos de su cuenta estén pagados. En redes sociales también hay reglas y una regla reciente es que aquellas publicaciones que sean producto de acuerdos comerciales debe contener la leyenda que explica que es publicidad pagada o acuerdo con una marca. Pero eso no significa que el 100% de sus contenidos sean de corte comercial. ¿Si sube una historia presumiendo a sus perritos es también una publicación comercial? Me parece un despropósito.

5. La supremacía constitucional

Ninguna ley o regla está por encima de la Carta Magna. Si la Constitución Mexicana establece que Mariana tiene derecho a usar sus redes sociales para publicar información que desee y nadie tiene derecho a impedírselo. Si alguna ley o reglamento se lo impide entonces está violando sus derechos humanos. Antes de influencer y esposa, es ciudadana mexicana con los mismos derechos y obligaciones.

6. La resolución del 2018

En 2018 un caso similar llegó al Tribunal Electoral y la decisión en aquel entonces fue que las publicaciones de Mariana no debían ser consideradas como gastos de campaña ya que dichas publicaciones estaban protegidas por el derecho de libertad de expresión. Y desde entonces no hubo reforma que regulara o dijera lo contrario.

Es decir, las reglas del juego (que siempre se deben de poner antes de iniciar el juego) le decían a Samuel y Mariana que sus historias no iban a contar en el tope de campaña. Cambiar hoy el criterio es como decir que hoy se considera un delito comer un dulce y que si ayer yo disfruté de uno incurrí en el delito. No puede ni debe haber retroactividad en la norma.

7. El caso del PVEM

Es un caso distinto al de Mariana. En la situación del Partido Verde quedó evidenciado que los influencers sí recibieron un pago a cambio de la publicación de mensajes, es decir, ahí sí hay un acuerdo comercial entre las partes. Si no hubiera acuerdo comercial y hubiera sido una decisión personal no habría nada que perseguir. El problema es que adicionalmente, la publicación de dichos mensajes se dio en un momento de silencio electoral en donde está prohibida la difusión de propaganda electoral.

Es decir, la contratación de influencers para publicar mensajes en sus redes sociales no es ilegal, simplemente debe ser registrada como parte de los gastos de campaña. Lo que sí es una ilegalidad es que un partido político haya pagado a influencers para publicar mensajes con fines electorales en un momento que los partidos no debían hacer propaganda.

8. La campaña de Samuel y sus resultados

Mucho se ha especulado sobre qué tanto sumó Mariana a la campaña de Samuel. Sí, sumó, sin duda. Quien diga lo contrario, miente. Pero también es verdad que Samuel no ganó exclusivamente por Mariana. Quien sostenga que una campaña se gana por un solo factor no entiende de campañas. Ganar la elección se debe a múltiples factores y el resto de los factores estaban del lado de Samuel: hizo una campaña llamativa y viral, entregó el mensaje correcto, hizo un manejo de crisis impecable, siguió una estrategia que supo aprovechar las coyunturas de la elección y lo más importante: hubo más gente que votó por él que por cualquier otro candidato.

La consecuencia de la campaña fue el triunfo de Samuel que no fue con una ventaja de uno o dos puntos que pudiera cuestionar el resultado, sino de prácticamente nueve puntos, una ventaja suficiente para entender claramente cuál fue la decisión popular. Hoy la apuesta de los opositores a Samuel es que se sume a la campaña un monto millonario que pudiera traducirse en el rebase de topes de gasto de campaña, lo que implicaría anular la elección y que en dicha nueva elección no pueda participar Samuel García como candidato.

Anular la elección con este argumento es usar la ley para ir en contra de la voluntad de la mayoría. Si el caso fuera el rebase de tope de campaña por un claro exceso de gasto o una clara ilegalidad y no por una jugada polémica y controversial, la oposición tendría toda la razón. Y hay algunas denuncias que pueden ser más fructíferas para ese fin que ésta de Mariana.

9. La mala decisión de Mariana

Ahora bien, sí tengo una crítica a Mariana. ¿Acusar violencia política de género? ¿En serio? Lo que está en discusión es cómo entran los influencers en el modelo de comunicación política en México y si los mensajes que publica un ciudadano en redes sociales deben considerarse o no en los topes de campaña.

Si hay algo que daña la lucha contra la violencia política de género es acusar violencia política incluso cuando no se trata de ello. Lo que debe pelear Mariana es la protección de su irrenunciable derecho a la libre expresión.

10. El reto del INE

El reto que queda para el INE y los legisladores es entender y, si acaso, generar normas para que estas situaciones no queden sujetas a interpretaciones, sino a la sola y pura aplicación de la ley. No será fácil y como ejemplo dejo algunas preguntas en el aire:

¿Qué pasaría si el Partido Verde no hubiera pagado a influencers por sus mensajes, sino que hubieran sido producto de su libre expresión? ¿Qué pasaría si por ejemplo MORENA hubiera logrado que un influencer hablara bien del candidato de MC para que el INE sancione al emecista?

¿Cómo se determina quién es un influencer y quién no? ¿A los cuántos seguidores en tu cuenta se consideraría que la publicación debe contabilizarse en la campaña y a los cuántos no? ¿Cómo se desliga un influencer de su marca, que es su propio nombre, que por cierto es también otro de sus derechos humanos?

Muchas preguntas quedan al aire, pero ante tanta inquietud y falta de claridad solo pienso en que esto debería solucionarse bajo la siguiente premisa: “nuevos medios, mismos delitos”. Es decir, no necesitamos nuevas leyes para lo que sucede en Internet. Si en Internet se paga por propaganda hay que reportarlo y que se sume, pero si en Internet un ciudadano grita su apoyo a un candidato como lo hiciera en una plaza pública entonces no hay nada que perseguir.

En este caso, como en cualquier otro, debe prevalecer el supremo derecho constitucional a la libre expresión, a la libre expresión de Mariana, así como la libre expresión de cualquiera usuario digital, pero que sea eso: LIBRE expresión y NO PAGADA expresión.